El Bono Bodas de Oro, es una iniciativa que reconoce la importancia de la familia, base de nuestra sociedad, es otorgado a las parejas que hayan cumplido 50 o más años de matrimonio. Se concede sólo una vez y se reparte en partes iguales a cada uno de los cónyuges.
Hoy, el valor de este bono es de $257.926 y se reajusta en octubre de cada año dependiendo de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Para acceder a este beneficio se deben cumplir con ciertos requisitos, además de tener al menos 50 años de matrimonio:
– No estar separados ni divorciados ni que el matrimonio hubiese terminado por cualquier causa legal.
– Tener Ficha de Protección Social y un puntaje menor o igual a 14.557 puntos.
– Vivir juntos, es decir, en el mismo domicilio; o acreditar residencia en hogares de larga estadía (uno o ambos cónyuges), reconocidos por la autoridad competente.
– Tener residencia en Chile cuatro de los últimos cinco años antes de solicitar el beneficio.
La nueva Ley permite adelantar la solicitud y pago del Bono a aquellos beneficiarios que debían esperar hasta el aniversario de matrimonio de 2013 o 2014. Durante el año 2012 podrán solicitar el beneficio quienes:
– Cumplan 50 años de matrimonio.
-Cumplan 58, 59 o 60 años de matrimonio (por haber celebrado sus bodas de oro los años 2004, 2003 o 2002 respectivamente).
-Gracias a la nueva ley, también cumplan 53, 54, 55, 56 y 57 años de matrimonio (por haber celebrado sus bodas de oro entre los años 2005 y 2009, ambos incluidos. Si cumplieron los años de matrimonio antes de la publicación de la ley, podrán solicitarlo inmediatamente).
Y durante los próximos años, quienes cumplan 50 años, podrán solicitar sus bonos, siempre y cuando, cumplan con los requisitos ya nombrados.
Los matrimonios, una vez verificado que cumplen con los requisitos exigidos, deben acercarse a cualquier sucursal del IPS para solicitar su Bono. Tienen un año como plazo desde que se cumple el aniversario de matrimonio.
Para más información puede llamar al fono 600 440 0040 o visitar el portal www.ips.gob.cl
Fuente:
http://www.bodasdeoro.cl/
http://www.ips.gob.cl